¿Ha llegado el momento de actualizar mi plan de sucesión?
Hay muchas razones para revisar y actualizar su testamento y otros documentos de planificación patrimonial. A continuación encontrará una lista parcial de los acontecimientos que pueden incitarle a hacerlo.
Nacimiento o defunción. Si un beneficiario, fideicomisario o representante personal nombrado en su plan de sucesión ha fallecido, su plan debe actualizarse para eliminar el nombre. De lo contrario, dentro de unos años, su representante tendrá que buscar un certificado de defunción, lo que le llevará mucho tiempo y le resultará muy costoso. Si su cónyuge ha fallecido, su plan necesitará una nueva estructura. Si se ha producido un nacimiento o una adopción en la familia, querrá modificar su plan para asegurarse de que el nuevo hijo esté o no incluido.
Matrimonio o divorcio. Un cambio en el estado civil requiere un cambio en su plan de sucesión. Un matrimonio reciente ofrece nuevas oportunidades de planificación patrimonial y de donaciones. También querrá establecer protecciones para el nuevo cónyuge o para los hijos de un matrimonio anterior. O, si se ha divorciado recientemente, querrá que su ex cónyuge deje de ser beneficiario, fideicomisario o representante personal, y que no figure en las designaciones de beneficiarios de seguros de vida y cuentas de jubilación.
Cambio de representantes personales, tutores o fideicomisarios. ¿Seguiría recurriendo a las mismas personas que nombró en su testamento o fideicomiso para gestionar sus asuntos tras su fallecimiento o incapacidad? Puede que sus hijos sean ya demasiado mayores para ser tutores. O puede que sus padres mayores ya no sean adecuados como fiduciarios. Revise sus opciones de representante personal, tutores o fideicomisarios.
Los hijos o los nietos crecen. ¿Sus hijos o nietos aún necesitan planificación por ser menores? Los testamentos o fideicomisos antiguos se crearon en una época en la que los hijos y nietos eran más jóvenes.
Cambio financiero. Un aumento o disminución sustancial del valor de su patrimonio es otra razón para actualizar su plan. Si recientemente le ha tocado la lotería, ha adquirido bienes sustanciales o ha recibido una herencia, tendrá que volver a evaluar si su patrimonio está sujeto a impuestos estatales y federales y, si lo está, explorar técnicas que minimicen estos impuestos. También debería depositar sus ganancias o herencia en su Fideicomiso testamentario revocable para que estos activos no tengan que ser legalizados. Aparte de esto, debería separar sus ganancias o herencia de sus bienes conyugales si no quiere que se los arrebaten en un divorcio. Por otra parte, si su patrimonio ha perdido valor, debería revisar su plan para asegurarse de que sigue teniendo sentido.
La edad. Los planes patrimoniales también deben revisarse antes de cumplir los 70 años y medio, si tiene una cuenta IRA, 401(k) u otro plan cualificado que le obligue a empezar a hacer distribuciones a los 70 años y medio. El beneficiario que usted designe tendrá un impacto irrevocable en las distribuciones requeridas tanto para usted como para sus beneficiarios.
Cambios en la legislación. Por último, la nueva legislación ha influido en la planificación del patrimonio y la sucesión. En los últimos años se han modificado las normativas relativas a las instrucciones anticipadas, la legítima conyugal y la sucesión testamentaria. La normativa federal HIPAA ha exigido nuevos documentos en todos los planes sucesorios.